IMPLEMENTACIÓN DEL MARCO NORMATIVO EN ESPAÑA RELATIVO A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: CUESTIONES PENDIENTES
La LOPIVI a examen
A propósito del Congreso Internacional “Construyendo Entornos Protectores para Niños, Niñas y Adolescentes: Apuntes y Retos desde una mirada comparada”, Valencia. 3 y 4 de Octubre de 2023.
Un sistema integrado de protección a la infancia requiere un marco legislativo nacional que garantice el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos de los niños y niñas de acuerdo con la Convención de los Derechos del Niño de 1989. Además, es esencial que todas las leyes específicas relativas a la educación, la sanidad o la justicia, reflejen los principios y normas internacionales. Este es el espíritu con el que se pone en marcha la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
Casi dos años después de su entrada en vigor, la Cátedra de Infancia y Adolescencia de la Universidat Politècnica de València ha puesto sobre la mesa la necesidad de hablar de los retos de su implementación en el congreso internacional celebrado en Vila-real (Valencia) los días 3 y 4 de octubre: Construyendo entornos protectores para niñas, niños y adolescentes: apuntes y retos desde una mirada comparada.
A priori el reto más inmediato es la elaboración y aprobación de un Reglamento que permita desarrollar los principios y mandatos de la LOPIVI en un texto normativo más aterrizado. La ley necesita ser trasladada al marco de las políticas y el resto de normativa; a los órganos de gobierno, estructuras de coordinación y servicios del sistema de protección a la infancia y de servicios sociales (ambos competencia exclusiva de las comunidades autónomas); y al ámbito de los cuidados, especialmente el de la tutela, guarda y acogimiento del sistema de protección. Requiere la puesta en marcha de mecanismos de monitoreo, recopilación de datos y evaluación. Necesita, además, ser promocionada y difundida a través de acciones educativas y de sensibilización; y, por último, pero no menos importante, debe contar con la participación infantil y el compromiso social.
Sin embargo, esta toma de tierra no puede separarse de los cambios que exige la reforma del sistema de protección de 2015. Aún quedan por implementar las leyes por las que se modifica el sistema de protección: la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Adaptar los instrumentos de protección de la infancia a los cambios sociales y garantizar una protección uniforme en todo el territorio del Estado son dos de los objetivos más significativos de esta reforma. Aún son pocas las Comunidades Autónomas que han adecuado su sistema a los cambios exigidos por estas dos leyes: la Comunidad Valenciana en 2018, las Islas Baleares en 2019, Andalucía en 2021, Navarra en 2022, Madrid y Castilla-La Mancha en 2023. También se han llevado a cabo planes estratégicos en Valencia, Andalucía, Extremadura, Navarra, La Rioja o Canarias. Todas estas iniciativas tienen por objeto acercar sus actuaciones con los niños, niñas y adolescentes a las exigencias de la reforma del sistema de protección de 2015. Además, algunas recogen ya términos nucleares de la LOPIVI, como son el concepto de violencia, el de buen trato, o el de entorno seguro.
¿Pero que alcance tienen estos conceptos? ¿Cuál es su significado? ¿entendemos todos lo mismo? El proceso de implementación que exige la reforma de 2015 y la ley de protección integral frente a la violencia requiere empezar a pensar juntos en cómo contestamos a estas preguntas, al menos dentro del sistema de protección de los niños, niñas y adolescentes.
Autor: María José Castaño.